Fiscalía expide directiva relacionada con el derecho a la protesta social pacífica

El documento recoge los principios rectores para la investigación y judicialización de los responsables de delitos que afecten el derecho a la protesta, y de aquellas expresiones violentas que desborden el ámbito de protección de las expresiones sociales.

Tras varios meses de estudio y análisis interinstitucional respecto a la solicitud formal del Ministerio de Justicia y del Derecho, efectuada a fines de abril del presente año, la Fiscalía General de la Nación expidió la Directiva 0001 de 2024, mediante la cual emite criterios orientadores dirigidos a Fiscales e investigadores aplicables al análisis de eventos ligados a la protesta social.

El documento recoge la normatividad vigente y la jurisprudencia de las Cortes Suprema de Justicia y Constitucional de Colombia, así como de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y las guías de Naciones Unidas sobre la materia.

Se trata de una herramienta para las y los funcionarios de la entidad en la que se precisa el alcance de los derechos y deberes de quienes convocan y participan en la protesta social pacífica, los escenarios y acciones permitidas, las competencias de los funcionarios y la manera de abordar los hechos delictivos cometidos durante las movilizaciones.

Se reitera el marco legal y procesal aplicable a las investigaciones por actos que desbordan el ejercicio del derecho a la protesta pacífica. Se insta al personal de la Fiscalía a adoptar decisiones libres de prejuicios y de discriminación, brindando especial protección a personas defensoras de derechos humanos y periodistas que cubren los ejercicios de protesta social.

De igual manera, se ahonda en las conductas delictivas de relevancia en escenarios de protesta tales como la obstrucción de vías, perturbación en servicio de transporte público, colectivos u oficial; violencia contra servidores públicos, daño en bien ajeno y asonada. Así mismo, se precisan las formas de participación en este tipo de conductas punibles y las diferencias entre coautoría y concierto para delinquir.

La Directiva diferencia el ejercicio legítimo del derecho a la protesta social pacífica, amparado en la Constitución Política, de las conductas punibles que pueden presentarse en el marco de las manifestaciones, en cuyo caso corresponde a la Fiscalía General de la Nación ejercer la acción penal, velar por la estricta recolección y custodia de los elementos materiales probatorios con estricto apego a los principios de debida diligencia y plazo razonable y desarrollar investigaciones sólidas y suficientemente sustentadas, tal y como se ha venido haciendo.

De esta manera la Fiscalía General de la Nación busca contribuir en la consolidación de rutas democráticas, que le permitan al país exponer sus diferencias a través del debate respetuoso y de la protesta social pacífica.

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